Daños por lluvias y temporales ¿Quién cubre tu vehículo? - Privat asesoramiento
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Daños por lluvias y temporales ¿Quién cubre tu vehículo?

Daños por lluvias y temporales ¿Quién cubre tu vehículo?

Si el agua ha inundado nuestro garaje o alcanzado la calle en la que nuestro vehículo se encontraba aparcado: ¿quién se encarga de reparar los daños y de sufragar estos gastos? 

Cuando nos sorprende una inundación o algún otro tipo de fenómeno natural extremo, nuestra compañía de seguros no suele hacerse cargo de las reparaciones ya que son hechos considerados extraordinarios.

Habitualmente, este tipo de sucesos no están cubiertos por las pólizas de seguros de coche.

Cómo afecta a tu coche la nieve, el hielo y las bajas temperaturas

Heladas: Si el mantenimiento del coche está al día, no habrá problemas. Sólo podrían darse si las temperaturas descienden durante varias horas por debajo de –20 ºC. En este caso, el líquido refrigerante y el aceite del motor podrían congelarse, provocando el reventón de alguna pieza interna. También pueden congelarse las cerraduras o las escobillas. 

Nevadas: No son peligrosas aunque el vehículo quede totalmente sepultado, siempre que esté perfectamente cerrado y su mantenimiento esté al día. Lo que sí es recomendable es limpiar la nieve cuanto antes para evitar que se congele -en este caso será mucho más complejo quitarla-.

¿Quién tiene que arreglar tu coche? 

De haber sufrido algún tipo de daño ocasionado por un fenómeno extraordinario de este tipo, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se encargue de reparar los desperfectos y de dar las indemnizaciones necesarias. Es un ente público del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y sus actuaciones están reguladas por el Real Decreto 300/2004.

Aunque sea este organismo quien se encargue de reparar los daños, el afectado deberá tener contratada una póliza de seguro (en este caso, del coche y, por supuesto, con fecha anterior a la inundación) y estar al corriente del pago de las cuotas o anualidades.

En lo que se refiere a la cuantía de la indemnización, está sí podrá estar condicionada por el tipo de póliza contratada. El Consorcio calculará la indemnización tomando como referencia la póliza y sus condiciones: cuantía del capital asegurado, las condiciones y límites del seguro… Si solo tenemos contratada la responsabilidad civil y los daños a terceros no habrá que preocuparse, ya que estos seguros cuentan con un recargo especial por riesgos extraordinarios, así que nuestro vehículo también estará cubierto.

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