Glossary - Privat asesoramiento
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Glossary

 

Abogado

Son abogados quienes, incorporados a un colegio español de abogados en calidad de ejercientes y cumplidos los requisitos necesarios para ello, se dedican de forma profesional al asesoramiento, concordia y defensa de los intereses jurídicos ajenos, públicos o privados.

 


Accidente

Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.

 


 

Acción directa

Derecho que otorga el articulo 76 LCS al tercero perjudicado para accionar directamente contra el asegurador de responsabilidad civil del causante del daño, en demanda de reparación del mismo.

 


 

Actividad empresarial

Objeto social de la empresa, negocio que desarrolla, actividad que realiza o servicios que presta. Esta actividad debe ser identificada en el seguro de responsabilidad civil para determinar el riesgo asegurado. Es sinómino de actividad asegurada, de descripción de la actividad e incluso de riesgo asegurado.

 


 

Acto ilícito

Conducta activa u omisiva contraria a la ley o a normas legales.

 


 

Acto negligente

Conducta realizada por el responsable civil, incumpliendo el deber de diligencia pero sin la intención de causar daños.

 


 

Actos deliberados

Conductas voluntaria y conscientemente realizadas por el responsable civil, normalmente con la intención consciente de causar un daño o con el conocimiento de que muy probablemente el daño se producirá como consecuencia de su conducta. Equivale a actos intencionados.

 


 

Administración del seguro

En los seguros de responsabilidad patrimonial suscritos por las Administraciones Publicas, clausula según la cual la gestión de la póliza, la comunicación de los siniestros y el cobro de los recibos, así como las comunicaciones entre el tomador y el asegurador, se realizara por la correduria de seguros designada.

 


 

Administraciones publicas 

Organismo publico estatal, autonómico, local, institucional o ente publico, contratante de seguros de responsabilidad patrimonial para la cobertura de los daños causados a los ciudadanos en la prestación de servicios públicos por el normal o anormal funcionamiento de estos.

 


 

Agente de seguros

Es toda persona física o moral, cuya actividad esta autorizada la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas , para poder efectuar venta de seguros, asesoría sobre los planes de mayor conveniencia para ellos a los prospectos o asegurados en la contratación de seguros.

 


 

Agente de seguros exclusivo

Profesionales o empresas dedicados a la actividad de seguros privados intermediando solo para una entidad aseguradora, la cual asume la responsabilidad de su actividad.

 


 

Agente de seguros vinculado

Profesionales o empresas dedicados a la actividad de seguros privados intermediando para varias entidades aseguradoras, las cuales asumen la responsabilidad de su actividad. La primera entidad autoriza al resto.

 


 

Agravación del riesgo

Es la modificación o alteración del uso diferente al indicado en la poliza del seguro, aumentando la posibilidad de un accidente o peligrosidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El asegurado deberán, durante la celebración del contrato, deberá de manifestar a la Aseguradora todas las circunstancias que agraven el riesgo.

 


 

 

 

Ajustador

Es la persona física o moral que en base a sus conocimientos y experiencia, es contratada por la aseguradora para determinar el monto  y valor de los daños que sean causados a bienes o personas a consecuencia de un siniestro.

 


 

Ámbito temporal

Marco temporal de cobertura de la póliza dentro del cual el asegurador asume sus obligaciones contractuales.

 


 

Ámbito territorial

Espacio geográfico en el que el asegurador otorga cobertura a las responsabilidades derivadas de acciones u omisiones dañosas realizadas por el asegurado.

 


 

Antijuricidad

Actuación contraria a una norma que prohíbe realizarla. En responsabilidad civil, es la infracción del deber genérico de cuidado, el no actuar con la diligencia debida. Toda acción u omisión generadora de un daño es antijuridica en si misma por violación del principio alterum non laedere. No es un elemento fundamental de la responsabilidad civil.

 


 

Asalto

Es la acción, física o moral, contra una persona con el propósito de obtener sus bienes.

 


 

Asegurable

Es cualquier persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro.

 


 

Asegurado

Es la persona física o moral, que con el pago de una prima de seguros, obtiene una contraprestación reflejada en el contrato de seguros.

 


 

Asegurados adicionales

Relación nominal de asegurados personas jurídicas incluidos en la póliza adicionalmente al asegurado principal o cuando el tomador del seguro es titular de empresas que no son las tomadoras.

 


 

Aseguradora

Compañia de seguros autorizada por la SHCP, para asegurar riesgos contemplados en un contrato de seguros, llamado póliza.

 


Base de calculo

Indice o factor que se ha tenido en cuenta para el calculo de la prima del seguro. La base puede ser la facturación, el numero de empleados u otros parámetros.

 


 

Beneficiario

Es la persona física o moral que recibe los beneficios de la póliza contratada.

 


 

Bienes

Son toda propiedad física o moral en posesión de una persona.

 


 

Bienes en deposito o custodia

Cobertura para los daños que sufran bienes de terceros que se hallen en deposito o custodia del asegurado y que por la acción u omisión negligente de este, sufren un daño (deterioro, destrucción, sustracción o perdida). Suele establecerse un sublimite anual de indemnización.

 


 

Bienes preexistentes

Conjunto de bienes y sus respectivos contenidos existentes con anterioridad al inicio de la primera intervención del asegurado y sobre los cuales, total o parcialmente, el asegurado ejecuta trabajos en su condición de contratista. Como cobertura, el seguro de responsabilidad civil garantiza los daños materiales y perjuicios causados a daños preexistente.

 


 

Buena fe

Principio general del derecho según el cual la relación entre dos partes debe desarrollarse con la máxima honradez, sinceridad y transparencia. En el contrato de seguro, la buena fe obliga a las partes a concluir el contrato habiendo declarado correctamente el riesgo y cumpliendo con el resto de las obligaciones derivadas del contrato a lo largo del mismo.

 


 

Bullying

Acoso escolar y/o cualquier forma de maltrato físico, verbal o psicológico que se produce entre alumnos y escolares de forma reiterada y continuada a lo largo del tiempo.

Cobertura que se incluye en los seguros de responsabilidad civil de colegios y centros de enseñanza para dar amparo a los gastos de defensa jurídica frente a reclamaciones por este concepto.


Caducidad

Extinción o perdida de efecto de una norma por el transcurso del plazo fijado. Puede tener un origen legal o convencional y ser estimada a instancia de parte o de oficio. A diferencia de la prescripción, no admite interrupción.

 


 

Cancelación

Es la rescisión de los efectos de una póliza prevista en el contrato de seguros ya sea por decisión unilateral o por acuerdo mutuo.

 


 

Capacidad

Limite cuantitativo de aceptación que tiene el asegurador que suscribe un riesgo de responsabilidad civil. La capacidad también hace referencia, en ocasiones, a la posibilidad de aceptación cualitativa. Cambien se denomina capacidad de suscripción.

 


 

Carga de la prueba

Principio procesal que obliga a una de las partes a probar los hechos y circunstancias que alega y cuya falta de acreditación supone una decisión judicial contraria a sus pretensiones. Se opone al concepto de inversión de la carga de la prueba.

 


 

Cartera

Conjunto de pólizas que el asegurador mantiene vigentes en su portfolio, que se componen de las cuentas que se renuevan de años anteriores y de las pólizas de nueva emisión en el ejercicio.

 


 

Caso fortuito

Suceso imprevisible o inevitable. Procede de la naturaleza o de la acción del hombre. Es una causa exoneradora de responsabilidad civil.

 


 

Certificado de inclusión

Es el documento por el cual se prueba la existencia de una póliza de seguro colectivo, en el que deben figurar las informaciones que la identifican, como son: suma asegurada, vigencia, datos personales del Asegurado, beneficiarios, etc.

 


 

Claims made

Expresión que identifica el siniestro con la reclamación del tercero perjudicado, operando temporalmente la cobertura del asegurador si durante el periodo de seguro se produce dicha reclamación. Hablar de claims made es hablar de reclamaciones recibidas durante el periodo de vigencia del seguro, con independencia de cuando se produjo el hecho generador de la reclamación.

Es importante tener en cuenta que el siniestro es la reclamación y no el hecho generador de la misma, por lo que el perjudicado debe reclamar al asegurado dentro del plazo de cobertura de la póliza, lo que determina que el siniestro este cubierto o no desde una perspectiva temporal.

 


 

Cláusulas

Son las condiciones que establecen la aseguradora y el asegurado y que se reflejan en el contrato de seguros, denominado también póliza. Existen también las condiciones especiales o particulares, que modifican o aclaran las condiciones generales.

 


 

Cláusula delimitativa

También denominada clausula delimitadora, es aquella cuya finalidad es delimitar el riesgo asegurado en póliza, determinando que queda cubierto y que no. No confundir con las clausulas limitativas de derechos del asegurado.

 


 

Cláusula lesiva

La que prohíbe o impide, total o parcialmente, el ejercicio de un derecho del asegurado concedido por la ley. Es nula por abusiva. Aunque este firmada, se tiene por no puesta.

 


 

 

Cláusula limitativa

Condición o estipulación del contrato de seguro que limita o condiciona el derecho del asegurado al cumplimento de condiciones geográficas, temporales o establece limites cuantitativos o de otro tipo.

 


 

Coaseguro

Es la cantidad o el porcentaje que tiene que pagar el asegurado, de cualquier pago o indemnización que tenga que reembolsar la  aseguradora, a consecuencia de un siniestro.

 


 

Coberturas

Son las protecciones que otorga la aseguradora en la póliza y que generalmente se establecen en las cláusulas del contrato de seguros, denominado póliza.

 


 

Consentimiento

Es el acuerdo que existe entre el asegurado y la aseguradora y que se determina en la póliza.

 


 

Contratante

Es la persona física o moral que paga la prima de seguros. En ocasiones es también el asegurado.

 


 

Contrato de seguros

Es el acuerdo de voluntades entre dos partes. Generalmente se le llama también póliza de seguros. A través de la póliza de seguros, la aseguradora conviene, previo pago de una cantidad denominada prima, en otorgar una indemnización o reembolso al asegurado, si sucede un siniestro.

 


 

Corredor

Personas físicas o jurídicas dedicadas a la mediación de seguros que no mantienen vínculos contractuales que supongan afección alguna con entidades aseguradoras y que están obligados a ofrecer asesoramiento independiente, profesional e imparcial y a asumir la responsabilidad civil profesional derivada de sus propias actuaciones.

 


 

Costes de evitacion

Dentro de la cobertura de responsabilidad medioambiental, son aquellos cuya finalidad es limitar o impedir, una vez producido un incidente o un daño medioambiental, mayores daños medioambientales, eliminando los factores generadores del daño o haciendo frente a ellos con los medios razonablemente posibles.

 


 

Costes de limpieza

Dentro de la cobertura de responsabilidad medioambiental, son los costes razonables y necesarios para el saneamiento del suelo, el agua u otros recursos naturales contaminados, incluyendo la gestión de los residuos generados.

 


 

Costes de prevención

Dentro de la cobertura de responsabilidad medioambiental, son aquellos en los que se incurre para dar respuesta a una acción u omisión que haya generado un riesgo inminente de daño medioambiental o por contaminación, tendente a evitar o reducir el riesgo o el daño.

 


 

Costes de remediacion

Gastos cubiertos por la póliza de responsabilidad medioambiental razonables y necesarios para acometer los trabajos de reparación primaria complementaria y compensatoria.

 


 

Costes de restauración

Gastos cubiertos por la póliza de responsabilidad medioambiental razonables y necesarios para reparar, reemplazar o sustituir bienes muebles o inmuebles dañados durante los trabajos de saneamiento, retirada o transporte de residuos.

 


 

Cotización

Es la estimación o costo de la prima de seguros que ofrece la aseguradora al asegurado.

 


 

Cuestionario

Documento que elabora el asegurador y que somete al tomador o al asegurado para que este declare sobre la naturaleza y circunstancias del riesgo a asegurar. Forma parte del contrato de seguro y su cumplimentación constituye un deber precontractual del tomador. Se regula en articulo 10 LCS.

 


 

Culpa

Titulo de imputación de responsabilidad civil al causante del daño. Elemento fundamental de la responsabilidad civil subjetiva contenido en el articulo 1902 CC. Generalmente se identifica con la negligencia y sin culpa no puede imputarse responsabilidad civil, salvo en los supuestos de responsabilidad civil objetiva o por riesgo, expresamente regulados por ley.

La culpa o negligencia del deudor consiste en la omisión de aquella diligencia que exija la naturaleza de la obligación y corresponda a las circunstancias de las personas del tiempo y del lugar.

 


 

Culpa in educando

Fundamento de la responsabilidad civil de los profesores de centros de enseñanza no superior por los daños causados por dolo o culpa grave en el ejercicio de sus funciones educativas.

 


 

Culpa in eligendo

Fundamento de la responsabilidad civil por hecho ajeno consistente en haber elegido inadecuadamente a la persona que debía realizar la conducta que ha generado el daño.

 


 

 

Culpa in vigilando

Fundamento de la responsabilidad civil por hecho ajeno consistente en no haber vigilado o supervisado adecuadamente la actividad de la persona que realizo la conducta que genero el daño.

 


 

Cuota

Es el precio en porcentaje o cantidad fija, que se le da a un riesgo, en función de la experiencia y la siniestralidad que sobre él tiene la aseguradora

 


Daño

Es toda pérdida personal o material que sufre una persona física o moral, en su vida o en su patrimonio.

 


 

 

Daño estético

El que afecta al aspecto, imagen o lucimiento del bien dañado. Aun habiendo sido reparado materialmente el daño producido en un bien, subsistirá el daño estético si hubiera diferencia entre el aspecto de la reparación y el resto del bien.

 


 

Daño físico

Es toda pérdida que se causa a un bien material, ya sea propio o de un tercero.

 


 

 

Daño indirecto

El que no es consecuencia directa e inmediata de la acción u omisión dañosa del causante del daño. También se denomina daño remoto o mediato, y no es imputable al agente por no poder establecerse el nexo causal. Se contrapone al daño directo o inmediato. Es responsabilidad civil, es el que sufren los perjudicados, parientes o allegados.

 


 

Daño material

Es la pérdida o daño que se causa a un bien, ya sea propio o de un tercero.

 


 

Daño moral

Es toda pérdida que se causa a una persona en su interior (en su nombre, su prestigio, etc.).

 


 

Daños a terceros

Es la pérdida que se causa a una persona o a un bien propiedad de otros, que no es familiar o dependiente del asegurado.

 


 

Daño patrimonial primario

Menoscabo o perjuicio patrimonial, no reconducible a un daño personal o material previo, que causa el asegurado en el desarrollo de su actividad. Es un daño de naturaleza exclusivamente económica que se produce al ejercer una actividad o empresa sin necesidad de que exista un daño material o personal previo.

También se denomina daño patrimonial puro o perjuicio patrimonial puro.

Es la clase de daños que producen cierta clase de profesiones distintos a las profesiones técnicas o sanitarias, aunque es también una clase de daño que puede generarse en el desarrollo de una actividad asegurada.

 


 

 

Daños punitivos

Penalizacion económica propia del derecho anglosajón que se le impone adicionalmente al causante de un daño por parte del juez/jurado, por una cuantía suficientemente elevada como para que tenga carácter ejemplificador y contribuya a evitar conductas futuras.

 


 

Deducible

Es la cantidad de dinero que en cada siniestro, tiene que desembolsar el asegurado

 


 

Dependiente

Es la persona que depende económica y legalmente del titular de una póliza y sobre la cual puede existir alguna responsabilidad.

 


 

Derecho de póliza

Es la cantidad que paga el asegurado por los gastos de expedición de una póliza. Se le conoce también como recargo fijo.

 


 

Derecho de rectificación

Facultad que otorga al asegurado el articulo 8 LCS para subsanar las divergencias existentes entre el contenido de la póliza y la proposición de seguro, durante un mes desde la entrega de la misma. En caso de no subsanarse en dicho plazo, se estará al contenido de la póliza.

 


 

 

DGSFP

Seguro que corresponden a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Competitividad y que actúa como órgano regulador del sector asegurador en España.

 


 

Dolo

Es la acción o maniobra fraudulenta destinada a engañar a otros.

 


Endoso

Es el documento contractual que se añade a la póliza, y que puede aumentar o disminuir el importe de la prima o que puede aclarar alguna de las cláusulas del contrato de seguros.

 


 

Entrada en vigor

Fecha a partir de la cual el seguro produce efectos. Coincide con la fecha de efecto.

 


 

 

Error profesional

Negligencia cometida en el desempeño de una actividad profesional por incumplimiento de las obligaciones propias de la profesión asegurada, tal como esta viene legalmente definida.

 


 

Exclusiones de riesgos

Son aquellos conceptos o riesgos que expresamente la aseguradora no da por cubiertos en una póliza

 


 

Exoneracion de responsabilidad

Circunstancia que permite al autor de un daño no ser responsable civil por concurrir una causa que le exime de dicha responsabilidad.

 


 

Extorno de prima

Devolución que realiza el asegurador al asegurado de parte de la prima inicialmente cobrada, por haber sido esta superior a la que correspondía al riesgo real asumido o a la facturación declarada de la empresa que sirvió de base para la cotización de la prima. También se denomina regularización negativa.

 

 


Facturación

Conjunto de ingresos percibidos o pendientes de percibir, obtenidos de su negocio por razón de mercancías vendidas, entregados y/o servicios prestados

 


 

 

Falta de diligencia

Falta de atención y cuidado en la conducta realizada por acción u omisión, sin observar las normas, instrucciones o reglamentos de una actividad, o desempeñada negligentemente.

 


 

Fianza

En el procedimiento civil es una garantía judicial cuya finalidad es asegurar el cumplimiento de una obligación por parte del demandado. En el procedimiento penal es la cantidad que se deposita en el juzgado penal para evitar la medida cuatelar personal de prisión provisional.

 


 

Franquicia

La cantidad expresamente pactada que se deducirá de la indemnización que corresponda en cada siniestro

 


 

Fraude

Comete fraude aquel asegurado que participando en la producción de un siniestro, intenta obtener beneficios económicos a través de la indemnización de su compañía de seguros

 


 

 

Fuerza mayor

Hecho que no se puede evitar y tampoco se puede prever. Escapa al control del asegurado.

La fuerza mayor es causa de exclusión de la responsabilidad y por tanto, al romper la relación de causalidad, el seguro no cubre los daños producidos por fuerza mayor.

 

Gastos de ajuste

Son los gastos en que incurre la aseguradora, por concepto de investigación para determinar el monto o valor de los daños que puedan existir en un siniestro.

 


Gastos de aminoracion

Los derivados de las medidas adoptadas por el asegurado, por orden del  asegurador, para evitar o mitigar los efectos de un daño o sus consecuencias.

 


Hecho ajeno

Conducta realizada por una persona distinta de quien debe responder, pero unida a esta por un vinculo o relación. Se equipara a culpa ajena.

 


Hecho generador

También se denomina hecho motivador o supuesto iniciador en materia ambiental.

Conducta o actuación del asegurado que determine su posible responsabilidad. En el seguro de responsabilidad civil es el evento que activa la cobertura del seguro en el sistema general de occurrence, contenido en el articulo 73 LCS.

El hecho generador es la causa determinante de la responsabilidad y de la cobertura del seguro y tiene que realizarse dentro del marco temporal de cobertura del mismo.

 


Hecho propio

Conducta realizada por el propio asegurado, autor del daño, que constituye la base de su responsabilidad.

La responsabilidad por hecho propio se regula en el articulo 1902 CC y constituye el fundamento de la responsabilidad civil. Se equipara a culpa propia.

 


Hechos extraordinarios

Suceso o acontecimiento fuera de lo normal o previsible que constituye, para el sector asegurador, un siniestro de gran relevancia o magnitud, una catástrofe.

 


Huelga

Paralización voluntaria de la actividad laboral, individual colectiva, por parte de empleados que buscan objetivos de negociación con el patrono.

El seguro de responsabilidad civil general excluye las responsabilidades procedentes de huelgas, sabotajes, motines, disturbios o cierre patronal.

 


Hurto

Sustracción de los bienes asegurados, cometida por terceros contra la voluntad del asegurado, sin empleo de fuerza en las cosas ni violencia o intimidación sobre las personas

 


Ilícito civil

Conducto de la que se deriva un daño que el causante tiene que reparar, sin que constituye un ilícito penal.

El ilícito civil puede tener su origen en un incumplimiento contractual o en el incumplimiento de la obligación genérica de cuidado.

 


Ilícito penal

Conducta tipificada como delito en el Código Penal que, ademas de la sanción penal, genera la obligación de reparar el daño causado..

 


Imprudencia

Falta de diligencia, falta del deber de cuidado, conducta involuntaria que causa un daño.

 


Impuestos legales

Los que se aplican sobre la prima neta del asegurador. Dicha prima neta, mas los impuestos legales, constituyen la prima final a pagar por el tomador.

 


Indemnización

Es la cantidad que está obligada a pagar la aseguradora a consecuencia de un siniestro, después de restarle el deducible y coaseguro, si los hubiera. La indemnización puede ser pagada en especie, en dinero, reponiendo el bien dañado o reparándolo.

 


Infraseguro

Situación que se produce cuando el valor asegurado es inferior a su valor real. Para indemnizar correctamente el daño producido en caso de infraseguro, el asegurador aplica regla proporcional. En el seguro de responsabilidad civil no es posible el infraseguro.

 


Inhabilitacion profesional

Garantía propia del seguro de responsabilidad civil profesional cuyo objeto es la entrega mensual de una cantidad económica al asegurado cuando este ha resultado, mediante sentencia judicial firme, inhabilitado temporalmente para el ejercicio de su profesión.

 


Insolvencia

Incapacidad del causante de un daño para hacer frente al pago de las indemnizaciones debidas por responsabilidad civil.

Riesgo que asume el asegurador frente a su asegurado cuando indemniza a terceros daños causados bajo ciertos supuestos, como el dolo, en los que el asegurado deviene incapaz de asumir el reintegro de la indemnización.

 


Interés asegurado

En el sentido general, es el bien o riesgo que se asegura e identifica en la póliza. Es el valor que el tomador le da a los bienes asegurados. En el seguro de responsabilidad civil, el interés se evalúa en el momento de afrontar las consecuencias económicas de la deuda que surge con el perjudicado.

 


Interrupción de la prescripción

Figura legal que permite detener el transcurso del tiempo concedido para el ejercicio de una acción o derecho.

 


IPS

Impuesto sobre primas de seguros.

 


Jurisdicción

Capacidad de aplicar el conjunto de normas legales a un caso concreto.

Territorio en el que se aplica una norma jurídica.

Órgano judicial que tiene la capacidad y competencia para conocer de los litigios o discrepancias surgidas entre el perjudicado y el asegurado, así como entre el asegurado y su asegurador.

 


Jurisprudencia

Conjunto de sentencias judiciales, generalmente del Tribunal Supremo. También es acepción de este termino el criterio recurrente seguido por la doctrina del Tribunal Supremo en determinadas materias , del que no pueden apartarse sin justificarlo debidamente.

 


Justiprecio

Valor exacto o tasación de un bien a juicio de un tasador profesional

 


Ningún resultado

 


Legitima defensa

Eximente de responsabilidad civil de quien actúa para defender su persona o derechos o los de un tercero cuando existe una lesión o agresión ilegitima y se utiliza un medio de defensa proporcional al ataque, sin que haya habido provocación en el defensor.

 


 

Legitimación activa

Capacidad procesal que tiene una persona para demandar judicialmente a otra.

 


 

Legitimación pasiva

Capacidad procesal que tiene una persona para poder ser demandada judicialmente por otra.

 


Lesión corporal

Daños en las personas

 


 

Lucro cesante

Pérdida de ganancia, como consecuencia de un daño, que debiendo de ser percibida, no se obtiene como consecuencia directa de un hecho u omisión

 


 

Ley de Contrato de Seguro

Ley 50/80, de 8 de octubre, que regula el contrato de seguro con relación a los derechos y obligaciones de las partes y las distintas modalidades de seguro. Es la norma básica que regula el contrato de seguro y a ella se entienden hechas las referencias de las pólizas.

 


 

 

Ley de Sociedades de Capital

Texto legal aprobado por el Real Decreto Ley 1/2010, de 2 de julio que regula la normativa aplicable a las sociedades anónimas y a las de responsabilidad limitada, así como el régimen de responsabilidad de administradores, consejeros y directivos, entre otras muchas cuestiones jurídico-mercantiles relativas a las sociedades mercantiles de capital.

 


 

 

Ley de Sociedades Profesionales

Ley 2/2007, de 15 marzo, que regula la prestación de servicios y la estructura de las sociedades profesionales. Define la actividad profesional como aquella para cuyo desempeño se requiere titulación universitaria oficial, o titulación profesional para cuyo ejercicio sea necesario acreditar una titulación universitaria oficial, e inscripción en el correspondiente Colegio profesional.

 


 

 

Liberación de gastos

Clausula según la cual los gastos de defensa jurídica u otros gastos quedan liberados de su inclusión en el limite de indemnización de la póliza. Esto supone que estos gastos constituyen una suma adicional al limite de indemnización de la póliza, con o sin sublimite.

 


 

 

Limite anual agregado

Suma asegurada máxima que pagara el asegurador por todo concepto y con independencia del numero de siniestros durante el periodo anual de cobertura.

 


 

Limite asegurado

Cantidad que figura en la póliza como suma asegurada hasta la que el asegurador responde frente al asegurado o perjudicado. Por encima de dicha cantidad, el asegurador no asume obligación alguna. Normalmente el limite de indemnización o suma asegurada se establece por periodo de seguro, lo cual significa que el limite de indemnización es la cantidad máxima que pagara el asegurador durante el periodo de vigencia del seguro con independencia del numero de siniestros que se pudieran producir.

 


 

Limite global

Limite de la suma asegurada que se establece en la póliza para el conjunto de garantías cubiertas y con independencia del numero de coberturas implicadas en un siniestro o del numero de siniestros que se declaran durante el periodo de cobertura.

 


 

Limite por duración

Suma asegurada máxima que pagara el asegurador durante el periodo de duración del contrato de seguro, con independencia del numero de siniestros que se produzcan dicha duración. La duración puede coincidir o no con un periodo anual.

 


 

Limite por siniestro

Suma asegurada máxima que pagara el asegurador, como máximo, en cada siniestro. El asegurador hará frente al pago del limite por siniestro tantas veces como siniestros se produzcan durante el periodo de seguro.

 


 

Limite por siniestro y agregado 

Cantidad máxima que el asegurador se compromete a pagar por la suma de todas las indemnizaciones, intereses y gastos procedentes de daños ocurridos en la misma anualidad, con independencia de que dichos daños procedan de uno o varios siniestros, causas o garantías afectadas.

 


 

Lucro cesante

Ganancia dejada de percibir como consecuencia de un daño, que de no haberse producido hubiera supuesto un aumento del patrimonio del perjudicado.

La no obtención de la ganancia puede ser consecuencia de un incumplimiento contractual o extracontractual.

 


 

Mala fe

Exclusión del seguro de responsabilidad civil que deja fuera de cobertura los daños ocasionados por la mala fe del asegurado.

En ocasiones se equipara la mala fe al incumplimiento voluntario de normas, a la intencionalidad dañosa y al dolo del asegurado.

 


Mala Praxis (Malpractice)

Expresión asociada a la negligencia profesional que se produce por el incumplimiento del deber de cuidado o de normas profesionales de actuación o procedimientos y protocolos. Cambien se utiliza como sinónimo el termino mala praxis o mala practica profesional.

La mala practica profesional se produce porque quien presta el servicio se aparta o no observa las normas o recomendaciones de actuación que rigen la profesión.

 


Mediador

Mediación en Derecho, es un mecanismo de resolución de conflictos, en cual un tercero imparcial busca facilitar la comunicación para que las partes por sí mismas sean capaces de resolver un conflicto.

 


Negligencia

Es la culpa con descuido, omisión y falta de aplicación. Falta de adopción de las precauciones debidas, sea en actos extraordinarios o en los de la vida diaria.

 


Nexo casual

Relación que existe entre la conducta del causante del daño y el propio daño sin la cual no puede determinarse la responsabilidad civil del mismo. El nexo causal o casualidad es un elemento imprescindible de la responsabilidad civil.

El daño tiene que ser causa necesaria de la acción u omisión del autor. La interrupción del nexo causal entre la acción y el daño supone la exoneracion de la responsabilidad civil del agente.

 

 


Notificación

Comunicación que afectua el tomador o asegurado al asegurador para poner en su conocimiento la ocurrencia de un siniestro o la recepción de una reclamación del perjudicado.

 


OCT

Organismo de Control Técnico. Cobertura o exclusión de las actividades realizadas por el Asegurado como OCT, según se configure en la póliza.

 


Occurrence basis

Sistema básico de delimitacion temporal de la cobertura según el cual el asegurador indemniza los daños de responsabilidad civil que hayan ocurrido o se hayan producido durante la vigencia del seguro, con independencia de cuando se reclamen por el perjudicado, aunque es habitual establecer un plazo de hasta 24 meses tras el vencimiento para la reclamación.

Este es el sistema general que se contiene en el articulo 73 LCS, si bien, admite el cambio al sistema de claims made bajo los requisitos del articulo 3 LCS.

 


Off Shore

Instalaciones o actividades realizadas fuera de la linea de costa, que constituye una exclusión absoluta del seguro de responsabilidad civil.

 


On Shore

Cobertura de la responsabilidad derivada de la realización de actividades por el asegurado en puertos o instalaciones costeras, que constituye una excepción a la exclusión de trabajos realizados o actividades no situadas en tierra firme.

 


Oposición a prorroga

Derecho de las partes a oponerse a la renovación del contrato de seguro cuando este tiene renovación tacita o automática. Este derecho de oposición tiene que ser ejercido en los plazos de uno o dos meses con anterioridad al vencimiento, según que quien ejerza el derecho de oposición sea el tomador o el asegurador desde 1 de enero de 2016.

 


Pago fraccionado

Es la facilidad que otorga la aseguradora, para liquidar la prima en pagos fraccionados.

 


 

Patrimonio

Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones susceptibles de valoración cuantitativa.

 


 

Pérdida

Es el menoscabo que afecta la propiedad física o moral de una persona.

 


 

Perito

Técnico experto acreditado en una materia que además conoce la técnica aseguradora y el contrato de seguros

 


 

Perjuicio

Es la acción que ocasiona un daño o menoscabo material o moral a un tercero, en sus bienes o persona, por cualquier acción u omisión.

 


 

Persona física

Es todo individuo que actúa en forma personal.

 


 

Persona moral

Es toda empresa o sociedad constituida de acuerdo a las leyes. Se considera también a las instituciones gubernamentales, la iglesia, el ejército, etc.

 


 

Póliza

Es la evidencia escrita y válida entre el asegurado y la aseguradora. Se le denomina también como contrato de seguros.

 


 

Prima

Es el importe que determina la aseguradora, como contraprestación o pago, por la protección que otorga en los términos del contrato de seguros ó póliza.

 


 

Prima neta

Es el importe que cobra la aseguradora por cubrir un riesgo determinado.

 


 

Prima total

Es el importe de la prima neta, al que se incluyen los derechos de póliza o gastos de expedición, el recargo por pago fraccionado si lo hubiera y el impuesto correspondiente.

 


 

Prorroga

Extensión del contrato de seguro vigente por un determinado periodo de tiempo adicional. Cuando la prorroga es anual, se denomina renovación. Por regla general la prorroga es un periodo de tiempo corto que permite a las partes renegociar las condiciones de la cobertura o bien tiene por finalidad cubrir un riesgo cuya duración es mayor que la inicialmente declarada.

 


 

Querella

Instrumento procesal utilizado para iniciar un procedimiento penal contra una persona física o jurídica por la presenta comisión de un delito. La querella puede ser interpuesta por un particular o de oficio por el Ministerio Fiscal.

La interposición de una querella da lugar, en su caso, a la activación de la cobertura de defensa jurídica en procedimientos penales dentro del seguro de responsabilidad civil.

 


 

Ramo

Es el término que se utiliza para determinar el tipo o clase de seguro que existe. Hay varios ramos: de vida, de daños, de accidentes y enfermedades, de autos, de responsabilidad civil, etc.

 


 

Reaseguradora

Es la empresa que acepta contratar un riesgo que ya aceptó y expidió otra aseguradora. En México se requiere autorización de la autoridad competente, para hacer operaciones de reaseguro.

 


 

Reaseguro

Es la operación que realiza una aseguradora y que consiste en ceder a otra, parte o la totalidad del riesgo que asume o contrata. Generalmente esta operación se lleva a cabo en negocios grandes o muy peligrosos.

 


 

Recargo fijo

Es el importe que cobra la aseguradora para cubrir sus gastos de operación

 


 

Recibo de primas

Es el documento que expide la aseguradora como comprobante de haber recibido el pago de la prima que se determinó en la póliza.

 


 

Reclamación

Es el aviso o comunicación que hace el asegurado a la aseguradora, informándole que ha tenido un siniestro.

 


 

Recuperación

Es la parte que recibe la aseguradora de un tercero, después de haber pagado un siniestro.

 


 

Regla proporcional

Regla proporcional en la LCS y que aplica el asegurador cuando existe infraseguro y el siniestro es parcial, para determinar la cifra de la indemnización. Es posible derogar la aplicación de la regla proporcional.

El seguro de responsabilidad civil es un seguro a primer riesgo en el que no cabe la aplicación de regla proporcional.

 


 

Rehabilitación

Es el proceso que lleva a cabo la aseguradora, para dejar en vigor y vigentes todos los derechos que existen en el contrato de seguros.

 


 

Renovación

Es el proceso que se efectúa entre el asegurado, la aseguradora y el agente de seguros, con el objeto de elaborar una nueva póliza por un periodo determinado. La renovación puede modificar, aumentar o disminuir las cláusulas o la suma asegurada de una póliza vencida.

 


 

 

Reserva

Dotación económica que realiza la compañía de seguros para hacer frente al pago de futuros siniestros de responsabilidad civil, cuya existencia o cuantía total son desconocidos en el momento de constituirla.

 


 

Rescisión

Es la finalización del contrato en una fecha anterior a la prevista

 


 

Responsabilidad civil

Es la obligación o compromiso que tienen las personas, físicas o morales, de reponer la propiedad de otra persona, cuando se sea responsable del daño o menoscabo en la propiedad de otros.

 


 

 

Retroactividad

Referencia temporal de la cobertura, entendida como el periodo de tiempo dentro del cual tiene lugar la cobertura del asegurador para hechos generadores de responsabilidad. Hace referencia a un periodo de tiempo anterior al inicio de la cobertura, de duración variable, desde varios años o meses hasta ilimitado, en el cual se ha realizado una acción o una omisión que posteriormente, durante el periodo de vigencia del seguro, da lugar a una reclamación formal.

 


 

Riesgo

Es la posibilidad de que la persona o bien asegurado sufra el siniestro previsto en las condiciones de la póliza.

 


 

Riesgos ciberneticos

Son aquellos que producen un daño propio o a terceros como consecuencia de ataques de virus, piratas informáticos o hackers o malware en los sistemas online y offline de las empresas.

 


 

Riesgos no asegurables

Son aquellos que quedan fuera de la cobertura general por parte de las aseguradoras.

 


 

Robo

Es el delito cometido contra la propiedad privada por el que se toma con o sin violencia, lo que no le pertenece.

 


 


 

Run-Off

Periodo de tiempo que se refiere al desarrollo temporal de la siniestralidad de un contrato de seguro ya cancelado. Habiéndose cancelado el contrato de seguro, subsisten las obligaciones del asegurador por el tiempo en que estuvo vigente el seguro.

Tiempo posterior al vencimiento de un seguro de responsabilidad civil durante el cual se cubren las reclamaciones presentadas por hechos realizados con anterioridad al vencimiento del seguro.

La cobertura de este periodo de tiempo posterior puede realizarse en el propio contrato de seguro o en un seguro independiente y especifico, denominado run-off.

 

 

Salvamento

Es la recuperación que obtiene la aseguradora en un siniestro.

 


 

 

Seguro

Es el contrato por el que, mediante el pago de una prima, la aseguradora se compromete a indemnizar una eventualidad contemplada en la póliza.

 


 

Seguro a primer riesgo

Aquel por el que el asegurador se obliga a pagar, en caso de siniestro, el importe total de los daños, hasta donde alcance el capital asegurado, renunciando a aplicar la regla proporcional.

 


 

Siniestralidad

Es el porcentaje entre la prima pagada y los siniestros pagados por la aseguradora.

 


 

Siniestro

Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo acaecimiento genera la obligación de indemnizar al asegurado.

 


 

Sobreseguro

Situación que se produce cuando el valor asegurado es superior a su valor real. Para indemnizar correctamente el daño producido en caso de sobreseguro, el asegurador solo indemniza el daño realmente producido. En el seguro de responsabilidad civil no es posible sobreseguro.

 


 

Solicitud

Es la forma que utiliza la aseguradora, para que el solicitante de un seguro proporcione información correspondiente al bien o persona que se pretenda asegurar y se pueda determinar el costo de la prima.

 


 

Subcontratista

Persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista, empresario principal, el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra, con sujeción al proyecto por el que se rige su ejecución.

 


 

 

Sublimite

Cantidad inferior al limite general de la póliza, establecida para indemnizar coberturas de responsabilidad civil, como los daños patrimoniales primarios o puros, la responsabilidad civil profesional, la responsabilidad cruzada, etc. Los sublimites mas habituales que se establecen son por victima.

 


 

Subrogación

Son los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren a la aseguradora hasta el monto de la indemnización que abone. El asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho a la aseguradora.

 


 

Suma asegurada

Es el valor que fija el asegurado sobre su persona o sus bienes, y que es determinante para que la aseguradora cobre la prima o haga una indemnización en caso de siniestro.

 


 

 

Suscriptor

Termino que responde a la traducción de la voz original inglesa underwriter, utilizada para designar al asegurador en lineas generales y a la persona que suscribe el riesgo de manera especifica.

Tarifa

Es la cantidad que determina la aseguradora en función a la experiencia de siniestralidad.

 


Tasa de prima

Porcentaje que se aplica sobre el capital asegurado u otro parámetro para obtener la prima de riesgo de cada clase.

 


Tercero

Termino genérico que designa a cualquier persona física o jurídica distinta del tomador y del asegurado, del cónyuge y familiares de estos y de las personas que de hecho o de derecho, dependan del tomador o del asegurado. La figura del tercero se contrapone a la del autor del daño.

 


Tomador

Contratante del seguro al que le corresponden los derechos y obligaciones del contrato, excepto las especificas del asegurado.

 


Unidad Familiar

Agrupación compuesta por usted y, cuando convivan en la vivienda asegurada de forma habitual, por su cónyuge o pareja de hecho, y los hijos y padres de ambos. Cualquier discrepancia entre usted y nosotros sobre la convivencia habitual, se resolverá acudiendo al padrón municipal.

 


Unidad de culpa civil 

Principio doctrinal de derecho civil según el cual la culpa civil responde a un concepto unitario, sin que quepa distinguir entre responsabilidades contractuales y extracontractuales como conceptos diferentes o antagónicos. El principio de unidad de la culpa civil declara la compatibilidad de la responsabilidad civil contractual y extracontractual frente a quien causa el daño.

 


Valor convenido

Es la cantidad de dinero por la cual se está obligando una aseguradora, aún cuando el valor comercial del bien asegurado sea otro.

 


 

Valor de reposición

Es la cantidad de dinero que cuesta reparar el bien asegurado. Es diferente al valor factura.

 


 

Valor real

Es el precio o valor comercial del bien asegurado.

 


 

Vencimiento

Es la fecha en que se da por terminado el contrato de seguros o póliza. Éste finaliza a las 12 Horas u no hay prórroga

 


 

 

Vendors

Clausula que otorga cobertura, especialmente en el caso de exportaciones a Estados Unidos, para la responsabilidad civil del vendedor o distribuidor de un producto, distinto al fabricante, respecto a los daños personales o materiales derivados de la actividad de venta de los productos fabricados por un tercero.

 


 

Vigencia

Es el periodo durante el cual la aseguradora se compromete, a proteger mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona.

 


 

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