Abogado
Son abogados quienes, incorporados a un colegio español de abogados en calidad de ejercientes y cumplidos los requisitos necesarios para ello, se dedican de forma profesional al asesoramiento, concordia y defensa de los intereses jurídicos ajenos, públicos o privados.
Accidente
Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.
Acción directa
Derecho que otorga el articulo 76 LCS al tercero perjudicado para accionar directamente contra el asegurador de responsabilidad civil del causante del daño, en demanda de reparación del mismo.
Actividad empresarial
Objeto social de la empresa, negocio que desarrolla, actividad que realiza o servicios que presta. Esta actividad debe ser identificada en el seguro de responsabilidad civil para determinar el riesgo asegurado. Es sinómino de actividad asegurada, de descripción de la actividad e incluso de riesgo asegurado.
Acto ilícito
Conducta activa u omisiva contraria a la ley o a normas legales.
Acto negligente
Conducta realizada por el responsable civil, incumpliendo el deber de diligencia pero sin la intención de causar daños.
Actos deliberados
Conductas voluntaria y conscientemente realizadas por el responsable civil, normalmente con la intención consciente de causar un daño o con el conocimiento de que muy probablemente el daño se producirá como consecuencia de su conducta. Equivale a actos intencionados.
Administración del seguro
En los seguros de responsabilidad patrimonial suscritos por las Administraciones Publicas, clausula según la cual la gestión de la póliza, la comunicación de los siniestros y el cobro de los recibos, así como las comunicaciones entre el tomador y el asegurador, se realizara por la correduria de seguros designada.
Administraciones publicas
Organismo publico estatal, autonómico, local, institucional o ente publico, contratante de seguros de responsabilidad patrimonial para la cobertura de los daños causados a los ciudadanos en la prestación de servicios públicos por el normal o anormal funcionamiento de estos.
Agente de seguros
Es toda persona física o moral, cuya actividad esta autorizada la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas , para poder efectuar venta de seguros, asesoría sobre los planes de mayor conveniencia para ellos a los prospectos o asegurados en la contratación de seguros.
Agente de seguros exclusivo
Profesionales o empresas dedicados a la actividad de seguros privados intermediando solo para una entidad aseguradora, la cual asume la responsabilidad de su actividad.
Agente de seguros vinculado
Profesionales o empresas dedicados a la actividad de seguros privados intermediando para varias entidades aseguradoras, las cuales asumen la responsabilidad de su actividad. La primera entidad autoriza al resto.
Agravación del riesgo
Es la modificación o alteración del uso diferente al indicado en la poliza del seguro, aumentando la posibilidad de un accidente o peligrosidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El asegurado deberán, durante la celebración del contrato, deberá de manifestar a la Aseguradora todas las circunstancias que agraven el riesgo.
Ajustador
Es la persona física o moral que en base a sus conocimientos y experiencia, es contratada por la aseguradora para determinar el monto y valor de los daños que sean causados a bienes o personas a consecuencia de un siniestro.
Ámbito temporal
Marco temporal de cobertura de la póliza dentro del cual el asegurador asume sus obligaciones contractuales.
Ámbito territorial
Espacio geográfico en el que el asegurador otorga cobertura a las responsabilidades derivadas de acciones u omisiones dañosas realizadas por el asegurado.
Antijuricidad
Actuación contraria a una norma que prohíbe realizarla. En responsabilidad civil, es la infracción del deber genérico de cuidado, el no actuar con la diligencia debida. Toda acción u omisión generadora de un daño es antijuridica en si misma por violación del principio alterum non laedere. No es un elemento fundamental de la responsabilidad civil.
Asalto
Es la acción, física o moral, contra una persona con el propósito de obtener sus bienes.
Asegurable
Es cualquier persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro.
Asegurado
Es la persona física o moral, que con el pago de una prima de seguros, obtiene una contraprestación reflejada en el contrato de seguros.
Asegurados adicionales
Relación nominal de asegurados personas jurídicas incluidos en la póliza adicionalmente al asegurado principal o cuando el tomador del seguro es titular de empresas que no son las tomadoras.
Aseguradora
Compañia de seguros autorizada por la SHCP, para asegurar riesgos contemplados en un contrato de seguros, llamado póliza.