Tomador, asegurado y beneficiario: Todo lo que necesitas saber - Privat asesoramiento
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Tomador, asegurado y beneficiario: Todo lo que necesitas saber

Tomador, asegurado y beneficiario: Todo lo que necesitas saber

Los seguros de hogar, de coche o de moto, por sus características, son algunos de los ramos que más solicitudes pueden recibir cuando alguno de estos “incidentes meteorológicos” arrasa por donde pasa. Vehículos, locales, viviendas, zonas de cultivo… todos ellos aniquilados, destrozados, arrasados. 

Un horror, aunque si tenemos la suerte de no tener que contar con daños personales como la pérdida de vidas humanas, con tiempo y ayuda se puede volver a empezar. Independientemente del factor psicológico, que tanto interviene en estos casos, los cuantiosos daños económicos pueden terminar por hundir a una familia, agricultor o empresario. No todos están financieramente preparados para asumir los costes ingentes que supone restaurar todo lo dañado y llevarlo a un estado lo más parecido posible al que tenía antes del desastre.

¿Quién paga los daños producidos por catástrofes naturales?

Cuando la intensidad de los fenómenos atmosféricos o naturales tiene unas dimensiones extraordinarias, entra en juego el Consorcio de Compensación de Seguros, al que las aseguradoras asignan importes económicos de manera periódica en aras de cubrir este tipo de siniestros, catalogados como extraordinarios y provocados por el hombre (hablamos de casos de sedición, motines, tumultos, rebeliones o actos terroristas), por la naturaleza (los desastres o catástrofes naturales a los que nos referimos hoy) o por nuestras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en tiempos de paz , además de otras coberturas que no mencionaremos hoy.

El CSS (Consorcio de Compensación de Seguros) es un ente público que se sostiene gracias a las aportaciones de las personas que cuentan con un seguro en España. Este sistema es único en Europa y está muy bien considerado (y envidiado por los habitantes de otros países) ya que se estima como muy solidario, como podemos observar en estos dos aspectos:

– las indemnizaciones se costean, de alguna forma, entre todos

– de esta manera, a los asegurados que viven en lugares con alto riesgo de sufrir una catástrofe natural (como la zona levantina de España, donde se observan con cierta frecuencia riadas o inundaciones y donde la gota fría azota con severidad cada año), no se les exige el pago de unas primas desorbitadas, como ocurre en la mayoría de los países en el resto del mundo.

Así que si tenías la moto aparcada en la calle, una riada se la ha llevado por delante y te preguntas si tu seguro de moto te cubriría de un desastre de esta magnitud, la respuesta es que no, no lo haría. En esto, te ayuda el Consorcio.

¿Qué hay que hacer para que nos indemnicen?

Debes saber que es imprescindible cumplir una serie de requisitos y el primero es que, aunque tu seguro no te cubra los daños causados por una catástrofe natural, sí que debes contar con un contrato de seguro en alguno de los ramos que se refieran a este tipo de riesgos extraordinarios, -como el de hogar, coche, vida o accidentes-, ya que teniendo contratada alguna cobertura relativa a los daños propios se te aplica automáticamente el recargo correspondiente al Consorcio, que te cubriría en caso de sufrir uno de estos episodios.

El segundo requisito es que tienes que estar al corriente de pago y tener en cuenta que la póliza tiene una carencia de siete días para ciertas coberturas, es decir, es necesario que pase una semana completa desde que contratas el seguro hasta que puedas recibir la ayuda del Consorcio en caso de que suceda un cataclismo de estas proporciones.