¿Qué es exactamente el mes de gracia en los seguros? - Privat asesoramiento
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¿Qué es exactamente el mes de gracia en los seguros?

¿Qué es exactamente el mes de gracia en los seguros?

Cuando vamos a contratar un seguro de salud, de vida, decesos, siempre nos hablan del periodo de carencia. Un concepto que hay que tener en cuenta a la hora de contratar el seguro. Y te explicamos por qué.

El plazo de gracia, también conocido como periodo de gracia o mes de gracia de los seguros, es un concepto que puede dar lugar a malas interpretaciones y problemas en cuanto a las obligaciones de la aseguradora y del asegurado y, de rebote, pueden afectar al taller que le toque un siniestro en ese momento.

Según el artículo 15 de la Ley del Contrato del Seguro, la cobertura quedará suspendida un mes después del día de su vencimiento. Esto implica que la aseguradora tiene obligación de mantener la cobertura hasta un mes después del vencimiento de la póliza.

El plazo de gracia no es un mes de seguro gratis

Pero esto no significa que la aseguradora tenga la obligación de regalar un mes de seguro. El objeto de este mes de gracia es dar la posibilidad al asegurado de subsanar cualquier problema en el pago de la renovación del seguro que haya podido darse. De hecho, la anualidad del seguro no empieza a contar el día que se paga la póliza, sino el día que correspondía la renovación de la misma.

Si transcurrido ese mes el asegurado no paga la póliza la cobertura se suspende. Eso no significa que el asegurado se haya “librado” del seguro. De hecho, el contrato no caduca hasta seis meses después de que se haya producido el impago de la prima. Si se paga antes de ese plazo, la cobertura vuelve a tener efecto veinticuatro horas más tarde. En cualquier caso, el asegurador, cuando el contrato esté en suspenso, sólo podrá exigir el pago de la prima del período en curso.

Qué cubre el Seguro de Coche mientras no se haya pagado la renovación

En caso de sufrir un siniestro en este mes de gracia, con la póliza en suspenso y el pago de la prima sin hacer, el Seguro debe hacerse cargo del siniestro. Durante este tiempo, se supone que las coberturas de la póliza se mantienen y por eso la aseguradora asume la cobertura. Eso sí, siempre y cuando se pague el Seguro dentro del mes siguiente al vencimiento de la póliza.

Cobertura obligatoria hasta que quede constancia de la finalización del contrato

En cualquier caso, mientras la aseguradora no demuestre que se ha extinguido el contrato, el asegurado sigue contando con la cobertura obligatoria de responsabilidad civil.

Para que la compañía aseguradora quede liberada de la obligación de indemnizar al perjudicado en el contrato de seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor por impago de la primera prima o prima única por culpa del tomador, es necesario que acredite haber dirigido al tomador del seguro un correo certificado con acuse de recibo o por cualquier otro medio admitido en derecho que permita tener constancia de su recepción, por el que se notifique la resolución del contrato.

Mejor dejar las cosas claras

La aseguradora puede solicitar el pago de la prima por vía ejecutiva. El hecho de no pagar la póliza no exime al asegurado del abono de la misma. De hecho, aunque la mayoría de las aseguradoras dan por finalizados los contratos cuando no se paga la póliza, en realidad están en su derecho de reclamarla por vía ejecutiva.

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